MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES - GRUPO MUEVE S.A.S.

El GRUPO MUEVE S.A.S. en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 de la Constitución Nacional, la Ley 1581 de 2012  y su Decreto Reglamentario 1377 de 2013 y demás normatividad concordante en materia de protección de datos personales en Colombia, y, convencido que el mejor servicio es aquel que se presta cuidando los detalles más mínimos y siendo diligentes con las necesidades de nuestros usuarios, proveedores, contratistas, empleados y en general todos nuestros clientes internos y externos, publica el presente documento con sus POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.

1       IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

GRUPO MUEVE S.A.S., en adelante referido en este documento como GRUPO MUEVE, es una Sociedad por Acciones Simplificada – S.A.S., con registro ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, y, NIT 901204224-8; domicilio y dirección en la Calle 18N # 4-31 de la Urbanización Prados del Norte, Edificio Tulipán del municipio de Cúcuta – Norte de Santander, apartamento 104; contacto telefónico: 5956417 – 3185145059; correo electrónico de contacto: administracion@grupomueve.com y sitio web es www.grupomueve.com 

2       DEFINICIONES

De acuerdo a la Ley 1581 de 2012, se acogen las siguientes definiciones:

Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.

Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.

Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.

Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.

Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.

Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.

Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.

Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

3       PRINCIPIOS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

De acuerdo a la ley 1581 de 2012; los siguientes son los principios que rigen el tratamiento de los datos personales y por tanto vinculantes y aplicables el GRUPO MUEVE:

A. Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la ley 1581 de 2012 es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen;

B. Principio de finalidad: el Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la ley, la cual debe ser informada al Titular;

C. Principio de libertad: el Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento;

D. Principio de veracidad o calidad: la información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;

E. Principio de transparencia: en el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan;

F. Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la ley 1581 de 2012;

Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la ley 1581 de 2012;

G. Principio de seguridad: la información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;

H. Principio de confidencialidad: todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la ley y en los términos de la misma.

4       TRATAMIENTO, VIGENCIA Y FINALIDADES DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

El GRUPO MUEVE podrá recibir, almacenar, clasificar, actualizar, transmitir, trasferir, suprimir y usar los datos personales que recolecte de los USUARIOS, para el desarrollo y cumplimiento de su objeto social.

La vigencia de las bases de datos y su tratamiento dependerá de las finalidades respectivas para las cuales se recolectaron los datos y de la normatividad legal aplicable en cada caso. Ej. (i) Ley 1341 de 2009 – principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones, (ii) Ley 1978 de 2019 – por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, (iii) Ley 527 de 1999 –  Decreto 333 de 2014 – valides de la información y firmas digitales, (iv) Ley 1437 de 2011 – procedimiento administrativo electrónico, (v) Decreto 2609 de 2012 – gestión documental en el entorno digital, (vi) Ley 1581 de 2012 – ley estatutaria de protección de datos personales, y, (vii) Ley 1480 de 2011 – estatuto del consumidor.  Por regla general, se conservarán los datos personales mientras no se solicite su supresión por el interesado, o, el GRUPO MUEVE considere que ya no es necesario la conservación de los datos para el desarrollo y cumplimiento de su objeto social.

El tratamiento de los datos personales se podrá desarrollar directamente por el GRUPO MUEVE o por medio de terceros en Colombia o en el exterior; caso en el cual, se les deberá transmitir los datos respectivos a usuarios y terceros.

Además de los fines que se establezcan e informen al titular de los datos en el momento de la recolección, y, en el marco del desarrollo y cumplimiento del objeto social y económico del GRUPO MUEVE; el tratamiento de datos se podrá hacer para los siguientes fines:

A. El cumplimiento de los acuerdos y contratos celebrados entre el GRUPO MUEVE y el titular de los datos personales, ya sea, persona natural o jurídica según corresponda. Por ejemplo: por ser el titular, empleado, contratista o cliente de esta persona.

B. Organizar, desarrollar e invitar a eventos y actividades comerciales, académicas, sociales, culturales y, las que el GRUPO MUEVE considere relevantes para el titular del dato personal.

C. Desarrollar y enviar publicidad de mercadeo y promoción del GRUPO MUEVE, de sus proveedores, sus clientes, empresas y asociados y, aquellos o aquellas con quien se tenga algún vínculo contractual, de los productos, servicios y, eventos de cualquiera de los anteriores.

D. Efectuar encuestas de satisfacción respecto de los bienes y servicios ofrecidos, preferencias de consumo, investigaciones o estudios de mercado, académicos y los que se estimen necesarios para el mejoramiento del servicio tanto internos como externos y, que sean de interés para el GRUPO MUEVE.

E. La celebración, gestión, desarrollo, control y terminación de las relaciones laborales o contractuales de todos los tipos establecidos en la norma jurídica, con el GRUPO MUEVE.

F. El desarrollo de las actividades propias del GRUPO MUEVE sobre gestión humana, tales como: selección de personal; verificación de antecedentes; afiliaciones y trámites con entidades del sistema general de seguridad social; actividades de bienestar y capacitación; pago de salarios u honorarios; cumplimiento de convenios con fondos de empleados; entre otras.

G. Para fines históricos y de archivo interno, así como el cumplimiento de obligaciones legales como la certificación de la vinculación contractual sostenida por una persona natural o jurídica con el GRUPO MUEVE.

H. Para contactar, enviar cotizaciones, devoluciones, entrega de materiales por garantía, intercambio de documentos comerciales, y, en general para todas las actuaciones, actividades y procesos relacionados, vinculados o referidos con clientes, contratistas o proveedores del GRUPO MUEVE.

I. La gestión y el desarrollo de las actividades administrativas, contables, financieras del GRUPO MUEVE; incluida facturación, recaudo de cartera, verificación y reporte en centrales de riesgo, registros contables, y, las demás que considere necesarias en el desarrollo de su actividad económica y social.

J. Verificar información contenida en el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT); el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y, aquellos propios de la actividad social y económica desarrollada con libertad de consulta en documentos y plataformas virtuales.

K. Geolocalizar por medio de los datos suministrados por los usuarios de los diferentes servicios de GM con el fin de brindar información que el grupo mueve crea relevante para el usuario y el ecosistema mueve.

L. Enviar notificaciones y alertas a los equipos de los usuarios; comunicados que se puedan producir por la dinámica del servicio y, ofertas de carga a los transportadores.

M. Compartir datos personales de los transportadores a las empresas de transporte, que no sean de uso restringido y que no afecten su intimidad o privacidad, como lo dispone la ley 1581 de 2012.

N. Notificar en redes sociales a los usuarios de la aplicación; siempre que éstos hayan otorgado el debido consentimiento en la parte inicial de la descarga de las apps.

O. Suministrar la información a terceros con los cuales el GRUPO MUEVE tenga relación contractual y, que sea necesario entregársela para el cumplimiento del objeto contratado.

P. Proporcionar a las entidades públicas del estado y organismos de control, las fichas de los usuarios, requeridos, para el ejercicio de sus funciones legales.

5       DERECHOS DE LOS TITULARES DE DATOS PERSONALES

De acuerdo con la ley 1581 de 2012, son derechos de los titulares de datos personales:

A. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente al GRUPO MUEVE o los Encargados del Tratamiento (ver numeral 15). Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.

B. Solicitar prueba de la autorización otorgada al GRUPO MUEVE (ver numeral 15); salvo, cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en la normatividad legal vigente.

C. Ser informado por el GRUPO MUEVE o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que se les ha dado a sus datos personales.

Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad legal vigente.

D. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales (ver numeral 13). La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el GRUPO MUEVE o el Encargado han incurrido en conductas contrarias a la Constitución y la ley.

E. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

6       AUTORIZACIÓN DEL TITULAR

Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, en el Tratamiento se requiere la autorización previa e informada del Titular, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior.

NOTA: es menester recordar que ésta autorización es otorgada en la parte inicial de la creación de la cuenta al ingresar el número de cédula en la app.

7       SUMINISTRO DE LA INFORMACIÓN

La información solicitada podrá ser suministrada por cualquier medio, incluyendo los electrónicos, según lo requiera el Titular. La información deberá ser de fácil lectura, sin barreras técnicas que impidan su acceso y deberá corresponder en un todo a aquella que repose en la base de datos.

El Gobierno Nacional establecerá la forma en la cual los Responsables del Tratamiento y Encargados del Tratamiento deberán suministrar la información del Titular, atendiendo a la naturaleza del dato personal, Esta reglamentación deberá darse a más tardar dentro del año siguiente a la promulgación de la ley 1581 de 2012.

8       DEBER DE INFORMAR AL TITULAR:

El GRUPO MUEVE, al momento de solicitar al Titular la autorización, deberá informarle de manera clara y expresa lo siguiente:

a) El Tratamiento al cual serán sometidos sus datos personales y la finalidad del mismo;

b) El carácter facultativo de la respuesta a las preguntas que le sean hechas, cuando estas versen sobre datos sensibles o sobre los datos de las niñas, niños y adolescentes;

c) Los derechos que le asisten como Titular;

d) La identificación, dirección física o electrónica y teléfono del Responsable del Tratamiento.

PARÁGRAFO. El Responsable del Tratamiento deberá conservar prueba del cumplimiento de lo previsto en el presente artículo y, cuando el Titular lo solicite, entregarle copia de esta.

NOTA: lo correspondiente al presente numeral, podrá ser consultado en el instrumento “TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO”

9       PERSONAS A QUIENES SE LES DEBE SUMINISTRAR LA INFORMACIÓN

La información que reúna las condiciones establecidas en la presente ley podrá suministrarse a las siguientes personas:

a) A los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales;

b) A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial;

c) A los terceros autorizados por el Titular o por la ley.

NOTA: para mayor claridad; por favor consultar numeral 5 del presente documento.

10    DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Sin perjuicio de las demás disposiciones previstas en la ley 1581 de 2012 y en otras que rijan su actividad; son deberes del GRUPO MUEVE en el Tratamiento de datos personales, los siguientes:

A. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.

B. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la normatividad vigente –ley 1581 de 2012-, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.

C. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.

D. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

E. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.

F. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada.

G. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento.

H. Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con la normatividad vigente.

I. Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.

J. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en el presente documento.

K. Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la normatividad vigente en materia de datos personales y, en especial, para la atención de consultas y reclamos por parte de los Titulares. Este deber se cumple por parte del GRUPO MUEVE con la adopción del presente documento.

L. Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.

LL. Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos.

M. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.

N. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

11    DEBERES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO

Sin perjuicio de los demás que establezcan o puedan establecer otras normas, de acuerdo a la ley 1581 de 2012, el GRUPO MUEVE o quien actúe como Encargado del Tratamiento de Datos Personales en el caso específico, deberá:

A. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.

B. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

C. Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los términos de la presente ley.

D. Actualizar la información reportada por los Responsables del Tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo.

E. Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los Titulares en los términos señalados en el presente documento y en la normatividad legal vigente.

F. Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la normatividad vigente en materia de datos personales y, en especial, para la atención de consultas y reclamos por parte de los Titulares. Este deber se cumple por parte del GRUPO MUEVE con la adopción del presente documento.

G. Registrar en la base de datos la leyenda «reclamo en trámite» de acuerdo a lo establecido en la normatividad legal vigente.

H. Insertar en la base de datos la leyenda «información en discusión judicial» una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.

I. Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.

J. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella.

K. Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.

L. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

12    REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN Y/O SUPRESIÓN DEL DATO

Los Titulares podrán según las disposiciones de la ley 1581 de 2012; solicitar al GRUPO MUEVE revocar la autorización otorgada para el Tratamiento de los datos ofrecidos; mediante la presentación de un reclamo; como se describe en el numeral 16 del presente escrito.

Lo anterior no será aplicable cuando haya una obligación legal o contractual que obligue a la permanencia del dato personal en la base de datos.

13    SISTEMAS DE VIGILANCIA

Con el fin de garantizar la seguridad de los trabajadores, contratistas y demás personas que ingresan a las instalaciones del GRUPO MUEVE; así como la seguridad del patrimonio de la misma; el GRUPO MUEVE podrá utilizar sistemas de grabación de audio y video dentro de sus instalaciones y alrededores. En la medida en que estos sistemas capturen imágenes o audios de personas determinadas o determinables, éstos corresponden a datos personales, y, deben ser tratados bajo las mismas disposiciones de los demás datos personales del presente documento y, la ley 1581 de 2012.

Se fijará un aviso de privacidad en las zonas vigiladas.

14    CONSULTAS

Los(as) Titulares o sus causahabientes o sus representantes o apoderados debidamente autorizados; podrán consultar la información personal del Titular que repose en cualquier base de datos del GRUPO MUEVE. Y éste, suministrará a los autorizados toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del emisor de la información.

La consulta se podrá efectuar al correo electrónico areajuridica@grupomueve.com o radicándola en la Calle 18N # 4-31 de la Urbanización Prados del Norte, Edificio Tulipán del municipio de Cúcuta – Norte de Santander, apartamento 104; contacto telefónico: 5956417 – 3185145059. En cualquier caso; se deberá suministrar mínimo la siguiente información:

        Nombre completo.

        Datos de contacto (dirección física y electrónica y, teléfonos de contacto).

   Identificación del titular y, de ser el caso, de su causahabiente, representante o apoderado. Para esto, deberá aportar copia del documento de identidad. Si se trata de apoderado o representante legal; deberá además aportar copia de su documento y del respectivo poder o documento que acredite debidamente tal calidad.

        Solicitud clara y sucinta de los datos personales que desea consultar, bien sea de todos los datos o de algunos datos personales en particular.

        En caso de no cumplir con alguno de los anteriores requisitos; dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la consulta, el GRUPO MUEVE requerirá al interesado(a) para que subsane. Si ya han pasado dos (2) meses de requerida la subsanación sin ser atendida debidamente; se entenderá desistida la consulta formulada.

        De cumplir con los requisitos mínimos exigidos, la consulta será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá, la cual en ningún caso será superior a los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

15    RECLAMOS

Los(as) Titulares o sus causahabientes o sus representantes o apoderados debidamente autorizados, que consideren que la información contenida en una base de datos del GRUPO MUEVE debe ser objeto de corrección, actualización o supresión o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en este documento o en la ley, podrán presentar un reclamo al correo electrónico areajuridica@grupomueve.com o radicándola en la Calle 18N # 4-31 de la Urbanización Prados del Norte, Edificio Tulipán del municipio de Cúcuta – Norte de Santander, apartamento 104; contacto telefónico: 5956417 – 3185145059. En cualquier caso, se deberá suministrar mínimo la siguiente información:

        Nombre completo.

        Datos de contacto (dirección física y electrónica y, teléfonos de contacto).

   Identificación del titular y, de ser el caso, de su causahabiente, representante o apoderado. Para esto, deberá aportar copia del documento de identidad. Si se trata de apoderado o representante legal; deberá además aportar copia de su documento y del respectivo poder o documento que acredite debidamente tal calidad.

      Motivo(s)/hecho(s) que dan lugar al reclamo con una breve descripción del derecho que desea ejercer (conocer, actualizar, rectificar, solicitar prueba de la autorización otorgada, revocarla, etc.)

       Documentos que se quieren hacer valer con el reclamo.

     En caso de no cumplir con alguno de los anteriores requisitos, dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo; el GRUPO MUEVE requerirá al interesado(a) para que corrija lo necesario. Si pasados dos (2) meses de hecho el requerimiento de subsanación, éste no se ha atendido debidamente, se entenderá desistido el reclamo.

        En caso de que el GRUPO MUEVE no sea competente para resolver el reclamo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.

    Cumplidos con los requisitos mínimos exigidos para el reclamo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles desde su recepción se incluirá en la base de datos una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo. Esta leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.

      Así mismo, cumplidos con los requisitos mínimos exigidos, el reclamo se atenderá en un término máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

16    REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD

El Titular o causahabiente sólo podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento.

17    ENCARGADO DE DATOS PERSONALES

El asesor jurídico del GRUPO MUEVE es la persona encargada de los asuntos relativos a datos personales, todos los trámites y demás disposiciones del presente documento se tramitarán con él. Puede ser contactado en jp@juanpablo.co

18    REMISIÓN LEGAL

En lo no establecido en el presente documento se estará a lo dispuesto en la normatividad legal vigente.

19    VIGENCIA

El presente documento tiene vigencia desde el 11 de septiembre de 2019.

 

GRUPO MUEVE S.A.S.

NIT 901204224-8

www.grupomueve.com